La ley alcanza a los servicios de telefonía en cualquiera de sus modalidades, como telefonía básica, móvil, servicios de radiocomunicaciones móvil celular, de comunicaciones móviles y de voz IP, “así como cualquier otro tipo de servicio similar que la tecnología permita brindar en el futuro”, según el texto promulgado por el Poder Ejecutivo. La norma estableció, además, que podrá inscribirse en el Registro Nacional “No Llame” toda persona física o jurídica “titular o usuario autorizado del servicio de telefonía en cualquiera de sus modalidades, que manifieste su voluntad de no ser contactada por quien publicitare, ofertare, vendiere o regalare bienes o servicios”.