Qué dice el decreto
Resolución 599/2016
Bs. As., 08/06/2016
VISTO, el Expediente N° 330 0354/16 del registro del MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES,
y CONSIDERANDO:
Que, por la Ley de Ministerios N° 22.520 y modificatorias, el MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES tiene asignada entre sus competencias entender como Autoridad de Aplicación en el establecimiento de las políticas, planes, programas, infraestructura y seguridad vinculados al fomento y al desarrollo integral del deporte a nivel local e internacional, en todas sus etapas y niveles de competencia y de recreación en todas sus formas y modalidades en coordinación con los organismos nacionales, provinciales, municipales e instituciones privadas.
Que a través de la Ley N° 27.098, se instituyó el Régimen de Promoción de los Clubes de Barrio y Pueblo, destinado a la generación de inclusión social e integración colectiva a través de la promoción, fortalecimiento y desarrollo de esas Entidades.
Que el artículo 2° de la precitada Ley, definió como clubes de barrio y de pueblo a aquellas asociaciones de bien público, constituidas legalmente como asociaciones civiles sin fines de lucro, que tengan por objeto el desarrollo de actividades deportivas no profesionales en todas sus modalidades y que faciliten sus instalaciones para la educación no formal, el fomento cultural de todos sus asociados y la comunidad a la que pertenecen y el respeto del ambiente, promoviendo los mecanismos de socialización que garanticen su cuidado y favorezcan su sustentabilidad.
DECRETO COMPLETO