La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los valores de las deducciones personales (mínimo no imponible, deducción especial y las cargas de familia) y los tramos de ingresos de las alícuotas que se utilizan para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias. El organismo dirigido por Alberto Abad actualizó las escalas de tributación y las deducciones, sobre la base de la variación interanual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) a octubre último, al 28,77 %.
Ahora los valores deducibles para el acumulado de los doce meses de 2018, antes del pago del Impuesto a las Ganancias, son los siguientes:
- Ganancias no imponibles hasta $ 66 917,91.
- Por cónyuge, $ 62 385,20.
- Por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo $ 31 461,09.
- Deducción especial hasta $ 66 917,91.
Con estos nuevos valores, los empleados en relación de dependencia pagarán menos impuesto a las ganancias sobre los salarios que cobren desde el primer día de enero de 2018.
Las actualizaciones de los valores están contempladas en la Ley de Impuesto a las Ganancias, en sus artículos 23 y 90, donde se establece un parámetro específico de actualización a través del coeficiente de variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) al cabo de cada octubre, que en este caso fue del 28,77 %; pasó de $ 20 069,30 a $ 25 843,50.
A quiénes alcanza la deducción de Ganancias en el aguinaldo
El contador Mario Comellas explicó a Unidiversidad Noticias que debido a que algunas empresas no aplicaron de manera correcta el descuento del pago de Ganancias, es probable que el medio aguinaldo sea absorbido por esta retención. Preocupación en ...